El 25 de enero de 2021, el presidente Biden emitió una Proclamación imponiendo prohibiciones regionales de viaje de COVID-19 que prohíben la entrada a los Estados Unidos de ciudadanos extranjeros que hayan estado físicamente presentes en varios países europeos, Brasil y Sudáfrica en los últimos 14 días, a menos que calificar para una excepción.
Los países actualmente afectados por esta orden incluyen: Brasil, China, Irán, Irlanda, Reino Unido y países del área Schengen, que incluyen Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Suiza. Sudáfrica se agregará a la lista el 31 de enero de 2021.
Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) también ordenaron que todos los viajeros internacionales con destino a los EE. UU., Incluidos los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes, mayores de dos años, presenten una prueba negativa dentro de los tres días calendario antes de la salida o evidencia de recuperación reciente de COVID. dentro de los últimos 90 días a partir del 26 de enero.
Los resultados de las pruebas y / o la Documentación de recuperación más la Atestación son obligatorios antes del embarque y deben mostrarse a su aerolínea. La certificación se puede encontrar en el sitio web de los CDC “Formulario de certificación de pasajeros” (PDF). Si tiene preguntas adicionales, consulte el sitio de preguntas frecuentes de los CDC.
Los siguientes viajeros están exentos de la prohibición de viaje regional COVID-19, pero siguen sujetos a la orden de los CDC:
- Ciudadanos y nacionales estadounidenses;
- Residentes permanentes legales de EE. UU.
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales;
- Un ciudadano extranjero que sea padre o tutor legal de un ciudadano estadounidense soltero o residente permanente legal menor de 21 años;
- Un ciudadano extranjero que sea hermano de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, siempre que ambos sean menores de 21 años;
- Un ciudadano extranjero que es hijo, hijo adoptivo o bajo la tutela de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, o que es un posible adoptado que busca ingresar a los Estados Unidos con una visa IR-4 o IH-4;
- Un ciudadano extranjero que viaje por invitación del gobierno de los EE. UU. Con un propósito relacionado con la contención o mitigación del virus COVID-19;
- Un miembro de la tripulación de aire o mar extranjero;
- Ciertos A, C, E-1 (empleados de TECRO o TECO), G y no inmigrantes de la OTAN;
- Un ciudadano extranjero cuya entrada promovería importantes objetivos de aplicación de la ley de EE. UU.
- Un ciudadano extranjero cuya entrada sea de interés nacional; y
- Miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos y sus cónyuges e hijos.
Los CDC pueden otorgar exenciones al requisito de prueba de manera extremadamente limitada cuando se deba realizar un viaje de emergencia extraordinario (como una evacuación médica de emergencia) para preservar la salud y la seguridad de alguien, y las pruebas no se pueden completar antes del viaje. No hay exenciones disponibles para las personas que dan positivo en la prueba de COVID-19.
Las personas y las organizaciones deben planificar cuidadosamente antes de viajar, ya que las compañías aéreas se negarán a abordar a cualquier persona que no haya cumplido con los requisitos de los CDC.
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