Opciones de tarjeta verde para personas con TPS y DACA

Written by on February 13, 2018 in Noticias de Inmigracion

La decisión de la Administración Trump de terminar con el Estatus de Protección Temporal (TPS) y latarjeta verde para personas con TPS y DACA Acción Diferida para la Llegada Juventud (DACA) deja a más de 2 millones de personas inseguras de su futuro. El intento del Congreso de aprobar legislación que legalizaría el estatus de las personas con TPS/DACA ha golpeado importantes obstáculos y, en este punto, es poco probable que se alcance un compromiso antes de que la primera ola de autorización de empleo para los titulares de DACA venza en marzo 5, 2018. En ausencia de cualquier perspectiva de alivio, sugerimos encarecidamente a las personas con TPS/DACA que consideren ciertas opciones de inmigración disponibles en virtud de nuestra ley de inmigración actual.

 

Tarjeta Verde basada en la familia

La inmigración basada en la familia permite a los miembros de la familia inmigrar ya sea como familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o a través del sistema de preferencia familiar.

Ajuste de Estatus: Ciertas personas con TPS/DACA que ingresaron legalmente a los Estados Unidos (han sido “inspeccionados y admitidos” o viajado con permiso anticipado) y tienen familiares directos estadounidenses pueden ajustar el estado al de un residente permanente mientras se encuentran en los Estados Unidos. Para ser elegible para el ajuste, el solicitante debe estar casado con un ciudadano de los EE. UU., o ser padre de un adulto (21 años o más) ciudadano de EE. UU., o ser un hijo menor de un ciudadano estadounidense.

 

Además, las personas con TPS/DACA pueden calificar bajo el Sistema de preferencia familiar como cónyuges o hijos menores de los titulares de la tarjeta verde, o como hijos adultos o hermanos de ciudadanos estadounidenses. Sin embargo, el tiempo de procesamiento probablemente sea mucho más largo debido al sistema de cuotas y puede requerir que el solicitante espere la disponibilidad de visas fuera de los Estados Unidos.

 

Procesamiento consular: las personas con TPS/DACA a quienes se les otorgó su estado de protección antes de cumplir los 18 años y 6 meses de edad, y han mantenido su estado protegido respectivo sin ningún retraso, son elegibles para solicitar una visa de inmigrante en la Embajada de los EE. UU. país de origen sin provocar ningún “obstáculo” a la admisión. En otras palabras, independientemente de su forma de ingreso, las personas de TPS y DACA que hayan mantenido su estado de protección legal desde antes de cumplir 18 años y medio podrán obtener su residencia legal en su país de origen con un viaje de duración no más de un par de semanas.

 

Sección 245 (i): Incluso sin una entrada legal o sin mantener el estado legal, las personas con TPS/DACA pueden ser elegible para Ajustar el Estatus según la Sección 245 (i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Para calificar, el solicitante debe ser el beneficiario de una petición basada en la familia o en el empleo presentada antes de abril de 2001. Esto incluye a personas que habrían sido contadas como un “beneficiario derivado” en la petición de otra persona, como el hijo de un padre que fue peticionado por el hermano o hermana ciudadano de ese padre, por ejemplo, y ese niño era menor de 21 años cuando se presentó la petición. No es necesario que las personas hayan sido “nombradas” o enumeradas en el recibo de la petición o en el aviso de aprobación, siempre que se las considere beneficiarias derivadas según la ley aplicable.

Tarjeta Verde basada en el empleo

Las personas  con TPS/DACA desde antes de cumplir 18 años y medio también pueden ser elegibles para obtener el estatus de residente legal en base a una petición presentada por su empleador. Las peticiones de inmigración basadas en el empleo involucran un proceso complejo de tres pasos, por lo que es importante que cualquier solicitante empleador potencial consulte con un abogado de inmigración calificado con experiencia específicamente en asuntos de inmigración basados en el empleo antes de presentar documentos al gobierno.

 

Otras Opciones

Visas temporales de trabajo

Algunas personas con TPS/DACA también pueden ser elegibles para obtener el estado legal de visa temporal, especialmente el estado de ocupación especial H-1B, siempre que hayan obtenido su estado de TPS/ DACA antes de cumplir 18 años y medio. Para calificar para el H-1B, un empleador debe solicitar al beneficiario que ocupe un puesto que requiera un mínimo de una licenciatura, y el beneficiario debe demostrar que de hecho tiene ese título o años equivalentes de experiencia profesional. Para los empleadores tradicionales con fines de lucro, las nuevas peticiones deben presentarse dentro de la primera semana de abril para ser elegibles para la “lotería H-1B” anual y tener la oportunidad de ser seleccionados y aprobados. Las instituciones académicas sin fines de lucro y sus instituciones afiliadas sin fines de lucro e investigación no están sujetas a la “lotería”. Las personas que hayan alcanzado un éxito notable en su profesión y puedan demostrar que tienen “habilidades extraordinarias” en las ciencias, la educación, los negocios o el atletismo, las artes o en la industria del cine o la televisión, pueden obtener un “O “visa. Pueden existir otras visas temporales basadas en el empleo, según las circunstancias del caso de cada individuo.

 

Lotería de Visas de Diversidad: las personas de TPS/DACA que caen dentro de esta categoría también pueden beneficiarse de una entrada exitosa en la Lotería de Visas de Diversidad. Los ciudadanos de la mayoría de los países TPS son elegibles para la lotería de visas de diversidad (lamentablemente, El Salvador y Haití no son elegibles para la Lotería DV).

 

Cancelación de la deportación: si una persona con TPS/DACA es colocado en un proceso de deportación, él o ella pueden ser elegibles para solicitar una tarjeta verde mediante la Cancelación de la deportación. Este proceso requiere que un solicitante tenga diez años de presencia continua en los Estados Unidos antes del inicio de los procedimientos de deportación (mediante la presentación de su Aviso de comparecencia), sea una persona de buen carácter moral y tenga un miembro de la familia estadounidense (cónyuge), padre o hijo que sufrirán “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales” si no se les permite permanecer en los Estados Unidos. La solicitud de cancelación de deportación solo se puede presentar ante un juez de inmigración.

 

Asilo: si una persona con TPS/DACA teme regresar a su país de origen, puede ser elegible para solicitar asilo. Por lo general, las solicitudes de asilo deben presentarse dentro de un año a partir de la entrada del solicitante a los Estados Unidos. Sin embargo, hay una excepción donde ha habido un cambio en las circunstancias, posiblemente incluyendo perder su estado migratorio. Una solicitud de asilo puede presentarse de manera afirmativa ante USCIS o a la defensiva ante el tribunal de inmigración si el solicitante se encuentra en un proceso de expulsión.

 

Visa U

La Visa U está disponible para aquellas personas que han sido víctimas de determinada actividad criminal calificada (QCA) y han denunciado los crímenes a las autoridades. Para estar calificado para esta visa, debe ser capaz de mostrar lo siguiente:

  1. Usted ha sido víctima de una QCA designada o un crimen que es sustancialmente similar a uno de los QCA designados,
  2. Usted ha denunciado el delito a la agencia de aplicación de la ley correspondiente y ha ayudado a esa agencia de aplicación de la ley en cualquier investigación o enjuiciamiento del delito,
  3. Usted ha sufrido, física o emocionalmente, como resultado de ser una víctima de la QCA, y
  4. Usted sufriría dificultades extremas si se ve obligado a abandonar los Estados Unidos y regresar a su país de origen.

Una aplicación exitosa de Visa U proporciona al solicitante una visa válida y autorización de trabajo por cuatro (4) años. El solicitante también puede solicitar el estado U para sus familiares directos, incluidos los cónyuges e hijos menores de veintiún (21) años. Después de tres (3) años de estado U continuo, el solicitante y sus familiares elegibles serán elegibles para solicitar la residencia permanente. Una persona con Visa U puede solicitar Advance Parole para viajar fuera de los Estados Unidos por una razón humanitaria urgente.

 

VAWA

La Ley contra la Violencia contra la Mujer creó un beneficio especial para aquellos extranjeros que fueron sometidos a abusos a manos de un ciudadano estadounidense o un cónyuge o un padre con residencia permanente legal. Esta disposición permite a los extranjeros que de otro modo tendrían que ser solicitados por el ciudadano de los EE. UU. O el cónyuge o padre residente para auto peticionarse. Para estar calificado para este beneficio, debe poder mostrar lo siguiente:

  1. Usted ha sido víctima de una crueldad extrema a manos de su cónyuge o padre estadounidense, ciudadano o residente permanente legal,
  2. Usted ingresó al matrimonio de buena fe,
  3. Sería elegible para una petición basada en la familia presentada por el agresor,
  4. Eres una persona de buen carácter moral, y
  5. Usted sufriría dificultades extremas si se ve obligado a abandonar los Estados Unidos y regresar a su país de origen.

La Solicitud I-485 de Residencia Permanente Legal puede presentarse al mismo tiempo que la Petición VAWA si el cónyuge abusivo o padre es ciudadano de los EE. UU. o puede presentarse después de que se apruebe la Petición.

 

TEN EN CUENTA: aunque la Ley designa esto como un beneficio para las mujeres, los hombres que han sido víctimas de extrema crueldad a manos de su cónyuge o padre también son elegibles para postularse.

 

Los caminos mencionados hacia el estado legal son complejos y totalmente dependientes de las circunstancias específicas en el caso de cada individuo. Para determinar si usted, su ser querido o su empleador pueden beneficiarse de una de estas opciones, es mejor consultar a un abogado de inmigración calificado y con experiencia. Asegúrese de que el abogado con el que se encuentre tenga experiencia en casos similares a los suyos.

 

¿Cómo lo podemos ayudar? Los abogados de Charlotte Immigration Law Firm tienen experiencia con prácticamente todo tipo de asuntos de inmigración.  ¡Consulta Con Nosotros! Llame Ahora 704-248-8848

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