Perdones Por Presencia Ilegal – (I-601A) Perdon Provisional

Perdones por motivos de Inadmisibilidad

El término “inadmisibilidad” es utilizado en el contexto de inmigración para describir a una persona uscis-honorariosque no califica para entrar en los Estados Unidos bajo el Acta de Inmigración y Naturalización (INA por sus siglas en inglés). Individuos que han sido encontrados ser inadmisibles pueden presentar una aplicación para un perdón por motivos de inadmisibilidad (formulario I-601). Encontrar la inadmisibilidad de una persona es usualmente hecho por un juez de inmigración cuando el solicitante se encuentra en un proceso de deportación, un oficial de adjudicación en la entrevista de ajuste de estatus, o por un oficial consular durante la entrevista de una visa de inmigrante o no-inmigrante. Un perdón está disponible para varios motivos de inadmisibilidad. A continuación hay algunos motivos más comunes:

  • Motivos relacionados con la salud.
  • La prostitución y el vicio comercializado.
  • Ciertos delitos relacionados con drogas.
  • Fraude o falsificación.
  • Presencia ilegal en Estados Unidos.

La aprobación de una aplicación de un perdón requiere concluir que la negativa de admitir en los Estados Unidos al inmigrante causaría un sufrimiento extremo e inusual al familiar calificado. En general el familiar calificado para el propósito de un perdón debe ser un esposo/a o padre/madre ciudadano americano o residente legal permanente. En algunos casos, hijos ciudadanos americanos o residentes legales permanentes también pueden ser considerados como familiares calificados.

Para mostrar sufrimiento extremo e inusual el familiar calificado debe proveer con evidencia documentada o una explicación especificando el sufrimiento extremo e inusual que él/ella sufrirá. La separación familiar, la angustia emocional por ellos mismos no constituye sufrimiento extremo. El extremo sufrimiento puede ser demostrado en varios aspectos de la vida del familiar calificado tales como: condiciones de salud, tensión financiera, pérdida de oportunidades educativas, consideraciones personales y otros factores, tales como barreras del lenguaje y lazos con la comunidad, y shocks culturales.

Los perdones son difíciles de obtener, por lo tanto la asistencia de un abogado es importante para maximizar las oportunidades de obtener el perdón aprobado.

Exención Provisional por Presencia Ilegal

Desde el 4 de marzo de 2013, ciertos solicitantes de visa de inmigrante que son familiares inmediatos (cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses) pueden solicitar exenciones provisionales por presencia ilegal antes de salir de EE.UU. para su entrevista consular.

Los extranjeros que no son elegibles a ajustar su estatus en EE.UU. deben viajar al extranjero y obtener una visa de inmigrante. Las personas que hayan acumulado más de 180 días de presencia ilegal mientras están en los Estados Unidos deben obtener una exención de inadmisibilidad para detener la aplicación de los criterios de tiempo de presencia ilegal establecidos en la sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad antes de que puedan regresar. Usualmente, estos extranjeros no pueden solicitar una exención hasta tanto se hayan presentado a su entrevista de visa en el extranjero y el oficial consular del Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) haya determinado que son inadmisibles a los Estados Unidos.

El proceso de exención provisional por presencia ilegal permite a los familiares inmediatos que solo necesitan una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal solicitar dicha exención en los Estados Unidos, antes de salir a su entrevista de visa de inmigrante.

Este nuevo proceso fue desarrollado con el fin de acortar el tiempo que los ciudadanos estadounidenses permanecen separados de sus familiares inmediatos mientras están en el proceso de obtener visas para convertirse en residentes permanentes legales de los Estados Unidos.

Los familiares inmediatos que no desean obtener una exención provisional aún pueden optar por presentar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad, luego de que un oficial consular del DOS haya determinado que son inadmisibles a los Estados Unidos. Esto mismo aplica a los familiares inmediatos que son inelegibles para la exención provisional por presencia ilegal.

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